Los servicios transitorios son una modalidad de contratación laboral regulada en Chile, que permite a una empresa (llamada empresa de servicios transitorios, o EST) contratar a un trabajador para que preste servicios temporales en una empresa cliente. Este tipo de relación laboral está normado por la Ley N° 20.123 y está diseñado para cubrir necesidades específicas y acotadas en el tiempo.
Principales características:
- Duración limitada: Los servicios transitorios se aplican exclusivamente a trabajos con un plazo definido, sin implicar una relación laboral permanente entre el trabajador y la empresa cliente.
- Estructura tripartita: Involucra tres actores:
- La empresa usuaria o cliente que requiere cubrir un puesto temporal.
- La empresa de servicios transitorios (EST), que contrata y administra al trabajador.
- El trabajador transitorio, quien realiza las funciones requeridas por la empresa usuaria pero está legalmente contratado por la EST.
- Situaciones de uso: Este modelo se emplea principalmente para:
- Reemplazar trabajadores ausentes (por licencias, vacaciones, etc.).
- Responder a aumentos ocasionales en la carga de trabajo.
- Realizar tareas específicas o participar en proyectos de duración limitada.
- Derechos laborales garantizados: A pesar de la temporalidad, los trabajadores transitorios tienen acceso a todos los derechos legales, como seguridad social, remuneración adecuada y condiciones laborales justas.
Beneficios para las empresas:
- Mayor flexibilidad: Permite ajustarse a cambios en la demanda de trabajo o situaciones imprevistas.
- Simplificación administrativa: La gestión laboral recae en la EST, reduciendo las obligaciones legales y administrativas de la empresa usuaria.
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